Estimado compañero:
Como ya te he ido informando a través de los comunicados que has ido
recibiendo en los últimos meses, la situación del futuro Título de Arquitecto está en su momento más delicado. Como recordarás, durante la Junta de Escuela del día 9 de marzo de 2010 los asistentes a la misma me manifestaron sus deseos y exigencias unánimes en el sentido de “pelear” por un Título que habilite para el ejercicio de la profesión de
Arquitecto con categoría de Master, lo que nos lleva a 6 años de duración y una estructura compuesta de un grado no habilitante de 5 años (300 ECTS) y un Máster de 1 año (60 ECTS) con el que se consigue la habilitación (Máster al que sólo se accede a través de dicho grado.)
Hoy puedo informarte de que por fin se ha desarrollado la legislación
necesaria (RD 861/2010 del 2 de julio (publicado en el BOE de 3 de
julio), Acuerdo del Consejo de Ministros del viernes 23 de julio
(publicado en el BOE de 30 de julio) y Orden Ministerial EDU/2075/2010
de 29 de julio (publicado en el BOE de 31 de julio)) que permite poder
verificar por la ANECA el modelo de Plan de Estudios aprobado por Junta
de Escuela, proceso que en este momento se encuentra ya en curso.
También te informo que en la estructuración del Grado se han tenido en
cuenta las indicaciones de carácter técnico que solicitaba la ANECA, y
que el Máster se ha ajustado a la nueva ficha de competencias de la
Orden Ministerial.
Ahora, para el desarrollo de los contenidos del Máster os propongo a
todos los profesores de la Escuela seguir el mismo proceso que pusimos
en marcha para la determinación del Plan de Estudios: 1) elaboración de
un documento de bases del Máster en Arquitectura, 2) discusión y debate del mismo en la Comisión del Plan Nuevo, 3) traslado del documento corregido a la Comisión de Ordenación Académica y 4) una vez consensuado, remisión a la Junta de Escuela para su aprobación (si no recuerdas la composición de las diferentes Comisiones y son de tu interés, en Dirección te facilitaremos los miembros de las mismas).
Quiero agradecerte sinceramente tu dedicación y empeño, que ha
contribuido a conseguir el cambio de la legislación, así como el apoyo
que has prestado a la Escuela para que el día 1 de septiembre podamos
tener un nuevo plan de Estudios que mejore la calidad de la enseñanza,
Recibe un cordial saludo.
Luis Maldonado
Director ETSAM
Descargar PDF´s:
Ordenación de Enseñanzas Universitarias Oficiales
· Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real
Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la
ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
Acuerdo Consejo de Ministros
· Resolución de 28 de julio de 2010, de la Secretaría General de
Universidades, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros
de 23 de julio de 2010, por el que se establecen las condiciones a las
que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención
de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de
Arquitecto.
Requisitos para la profesión de Arquitecto
· Orden EDU/2075/2010, de 29 de julio, por la que se establecen los
requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales
que habiliten para el ejercicio de la profesión de Arquitecto.
viernes, 17 de septiembre de 2010
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